Airbnb empieza a retirar anuncios tras el requerimiento de Consumo por alquileres turísticos

Airbnb ha empezado a retirar anuncios de viviendas turísticas tras el requerimiento del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, que le ordenó bloquear decenas de miles de publicaciones por presuntos incumplimientos de la normativa autonómica. El conflicto arrancó en 2025, cuando Consumo exigió la retirada de 65.935 anuncios, y sigue abierto en el plano jurídico y regulatorio.
La actuación del Ministerio se dirigió a la filial irlandesa de Airbnb responsable de la operativa europea de la plataforma. Según la información oficial de Consumo, la primera resolución afectó a 5.800 anuncios y después la medida se amplió hasta alcanzar un total de 65.935 publicaciones. Posteriormente, el departamento informó de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid había respaldado esa primera resolución y ordenado la retirada inmediata de esos 5.800 anuncios en seis comunidades autónomas.
La cobertura posterior de varios medios apuntó a que la plataforma terminó retirando los anuncios en julio de 2025. Esa misma información recoge que el Ministerio defendió que “lo que decimos, lo hacemos” y que Airbnb habría eliminado finalmente los 65.000 anuncios después de los primeros avales judiciales a la actuación de Consumo. No obstante, el procedimiento no puede darse por cerrado: las resoluciones del Ministerio siguieron vigentes mientras se resolvían los recursos.
Qué ordenó exactamente Consumo a Airbnb
La base de la actuación del Ministerio fueron tres supuestos incumplimientos en los anuncios revisados: la ausencia de número de licencia o registro, la falta de información sobre si el arrendador era profesional o particular y el uso de números de licencia no verificados o inexistentes. A partir de esos criterios, Consumo concluyó que miles de publicaciones de alquiler turístico debían ser bloqueadas por no ajustarse a la normativa autonómica de publicidad de alojamientos.
La cifra más relevante fue la de 65.935 anuncios, aunque la primera resolución concreta afectó a 5.800. Esa diferencia ayuda a entender que el expediente fue escalando por fases y que no se trató de una única orden aislada. El Ministerio explicó además que las resoluciones seguían siendo válidas mientras se sustanciaban los recursos presentados contra ellas.
La actuación del Gobierno se enmarcó en una estrategia más amplia contra el alquiler turístico que no cumple con las reglas de registro y publicidad. En este caso, el foco no estaba en la actividad turística en sí misma, sino en la publicación de anuncios que, según Consumo, no aportaban la información exigida o la hacían de forma incorrecta.

La posición de Airbnb y el choque jurídico
Airbnb mantiene en su ayuda oficial para España que los anfitriones pueden publicar el número nacional o regional de registro en sus anuncios, pero añade una precisión importante: según su interpretación, las obligaciones del Real Decreto 1312/2024 sobre el número nacional habrían quedado anuladas por la sentencia del Tribunal Supremo número 620/2026. Para la plataforma, ese número “ya no es obligatorio” para anunciar un alojamiento en Airbnb.
Esa afirmación introduce una discrepancia clara entre la posición de la empresa y la del Ministerio. Consumo defendió en 2025 que los anuncios debían retirarse por incumplir la normativa autonómica y, posteriormente, la cobertura periodística recogió que la plataforma habría acabado acatando la retirada de los anuncios señalados. Airbnb, por su parte, sostiene que el marco legal sobre el que se apoyaban algunas exigencias administrativas ha cambiado y que su interpretación está alineada con la sentencia que cita.
La diferencia no es menor: condiciona tanto la publicación de nuevos anuncios como la revisión de los ya existentes. Mientras el Ministerio actúa contra lo que considera publicaciones irregulares, Airbnb pone el acento en el nuevo escenario jurídico derivado de la resolución del Supremo. El resultado es un conflicto en el que conviven la vía administrativa, la judicial y la lectura que hace cada parte del marco normativo.
Qué ha cambiado desde 2025
El episodio de 2025 no cerró el problema. En octubre de 2026, Consumo volvió a exigir la retirada de 8.300 anuncios irregulares de alquiler de temporada publicados en dos plataformas digitales, la mayoría de ellos concentrados en Madrid, en una nueva actuación similar a la recogida en Consumo ordena retirar 8.300 anuncios irregulares de alquiler turístico y de temporada. Esa nueva intervención muestra que el Ministerio sigue viendo incumplimientos en este mercado y que el control sobre los anuncios de corta duración continúa activo.
Esa última actuación no identificó públicamente a las plataformas afectadas, pero sirve para situar el caso de Airbnb dentro de una ofensiva más amplia sobre el mercado de alquiler de temporada. La cuestión ya no es solo si una plataforma concreta debe retirar determinados anuncios, sino cómo se está aplicando la normativa sobre identificación del arrendador, número de registro y legalidad de las publicaciones en el conjunto del sector digital.
En ese contexto, la retirada de anuncios por parte de Airbnb, según la información disponible, no resuelve por completo la disputa. Más bien confirma que el conflicto ha evolucionado hacia una discusión más amplia sobre qué obligaciones siguen vigentes, cuáles han quedado alteradas por la jurisprudencia y cómo deben adaptarse las plataformas a ese marco cambiante.
Por qué importa para el mercado de alquiler turístico
La relevancia del caso va más allá de Airbnb. Si una plataforma con gran volumen de anuncios debe retirar miles de publicaciones por cuestiones de registro y licencia, el impacto alcanza a propietarios, gestores de viviendas turísticas, administraciones autonómicas y usuarios que buscan alojamientos de corta estancia. La exigencia de identificar correctamente la actividad y el estatus del arrendador afecta directamente a la transparencia de la oferta.
Para el Ministerio, el objetivo es retirar del mercado digital los anuncios que no respetan la normativa aplicable. Para Airbnb, el problema pasa por cómo se interpreta y se aplica una regulación que, según la empresa, ha quedado parcialmente alterada por la sentencia del Supremo que cita. Entre ambas posiciones, los anuncios retirados en 2025 se convierten en un precedente de peso para futuras decisiones sobre alquileres de temporada.
También hay una dimensión práctica inmediata: si un anuncio no incorpora el número de registro requerido, o lo hace con datos no verificables, la publicación queda expuesta a ser bloqueada. Eso obliga a los anfitriones a revisar la documentación con la que anuncian sus inmuebles y a las plataformas a reforzar sus controles internos para evitar nuevas órdenes de retirada.
Lo que puede esperarse a partir de ahora
La información disponible apunta a que el conflicto seguirá teniendo derivadas judiciales y administrativas. El Ministerio ya ha mostrado que mantendrá la presión sobre los anuncios que considere irregulares, y Airbnb, por su parte, mantiene su interpretación sobre el número de registro nacional y sobre el alcance de la sentencia del Supremo que menciona en su ayuda oficial.
La clave está en cómo se traduzca esa discrepancia en la práctica. Si los tribunales respaldan de nuevo la actuación de Consumo, la retirada de anuncios podría consolidarse como una obligación recurrente para las plataformas. Si prospera la tesis de Airbnb sobre el marco legal aplicable, el debate se desplazará hacia qué requisitos concretos siguen siendo exigibles y cuáles no.
Por ahora, lo que sí queda claro es que el episodio de los 65.935 anuncios no fue un hecho aislado ni un simple aviso administrativo. Fue el inicio de una disputa que ha llegado a los tribunales, ha obligado a la plataforma a actuar sobre miles de publicaciones y sigue sirviendo de referencia para las nuevas inspecciones y órdenes de retirada en el mercado del alquiler de temporada.

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